Plan de pago por las multas de tránsito de la provincia de Buenos Aires

¿Puede financiarse el pago de las multas de tránsito de la provincia de Buenos Aires? Aunque se puede acceder a un plan de pago para poder abonar la infracción, se deben tener en cuenta una serie de condiciones y requisitos que exige la provincia en relación a este tema.

A continuación se menciona lo informado por la Provincia:

El juez, luego del vencimiento del pago voluntario, puede otorgar cuotas de conformidad a las reglamentaciones vigentes. La presentación del acogimiento se hará personalmente por el infractor, o por quien se presente en representación de éste, y el acogimiento a un Plan de Pagos importará:

El reconocimiento expreso e irrevocable de la deuda, implicando la obligación de efectivizar su cumplimiento en tiempo y forma junto con la renuncia a la interposición de los descargos y recursos administrativos y judiciales que pudieren corresponder, como así también, a aquellos recursos, descargos y/o presentaciones efectuadas con anterioridad por los infractores o responsables y/o sus representantes respectivamente.

La firma del acogimiento importará reconocimiento y novación de la deuda, en los términos de los artículos 801 y siguientes del Código Civil, operando como causal interruptiva del curso de la prescripción, reservándose el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires la facultad de verificar, con posterioridad, las condiciones de procedencia del acogimiento al régimen formulado.

En tales casos, se deberá tener presente que los trámites que Ud. necesite realizar tales como compraventa de automotor y su transferencia, renovación de licencia, etc, seguirán trabados hasta completar el pago de la totalidad de la deuda reconocida, o la suma que la reglamentación oportunamente vigente determine.